Ana Rosa logra un hito: una sentencia judicial pionera por las noticias falsas contra ella

La presentadora de ‘El programa de Ana Rosa’ ha ganado el juicio a Diario Gol por publicar titulares falsos para aumentar las visitas a su sitio web

Ana Rosa Quintana ha ganado la batalla judicial a la web Diario Gol tras presentar una demanda por intromisión ilegítima en su derecho de imagen y vulneración de su honor. El citado medio publicaba titulares engañosos sobre ella con un contenido falso con el único objetivo de aumentar las visitas a su sitio web. Es por ello por lo que la Justicia ha ordenado al medio a pagar 60.000 euros a la presentadora y a asumir las costas del proceso judicial, que ascienden a 30.000 euros.

Además de pagar dicha indemnización, los responsables de la página web deberán retirar las noticias por las que Ana Rosa presentó la demanda, según las informaciones publicadas en The Objective. De igual forma tendrán que hacerlo con las publicaciones en redes sociales como Twitter o Facebook. Por si esto fuera poco, tendrán que publicar un fallo. A este le tendrán que dar visibilidad en sus portadas tantos días como lo estuvieron las informaciones retiradas, es decir, un total de 59.

Así lo ha dictaminado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid del pasado 16 de marzo, que reconoce que la página publicó titulares que no se correspondían con el contenido de las noticias. Los magistrados consideran que estos, «suponen una intromisión ilegítima en el Derecho a la Propia Imagen de la demandante, vulnerando el derecho a su honor».

«Ana Rosa Quintana no sabe dónde meterse: Jorge Javier Vázquez o la venganza más bestia»; «Ana Rosa Quintana o ‘El amigo especial’ que esconde un secreto bomba»; o «Ana Rosa Quintana o ‘sucia tu madre’ el bochorno que arrasa en Telecinco» son algunos de los titulares que ha denunciado la presentadora. «La infidelidad de Ana Rosa Quintana que pone Telecinco patas arriba»; «Linchan a Ana Rosa Quintana («Falsa, interesada y embustera) el vídeo que enciende a España» fueron otras de las informaciones que publicaron en 2019.

El medio utilizaba el nombre de la demandante porque era una de las palabras clave que el motor de búsqueda de Google identificaba. «Con ello se lograba que más usuarios accedieran al medio de comunicación y por ello se obtenía mejor posicionamiento del medio en las páginas del buscador», dice la sentencia.

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